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Impuestos

Cotizaciones como independiente: AFP, salud y seguro de cesantía explicado

16 de marzo, 20266 min

¿Por qué te cobran cotizaciones si eres independiente?

Hasta 2018, los trabajadores independientes que emitían boletas de honorarios podían simplemente no cotizar. Sin AFP, sin Fonasa, sin nada. La consecuencia era predecible: miles de freelancers llegando a edad de jubilación sin ahorros previsionales y sin cobertura de salud financiada por sus ingresos.

La Ley 21.133, publicada en febrero de 2019, cambió eso. A partir de la Operación Renta de abril 2019, todos los trabajadores que emiten boletas de honorarios están obligados a pagar cotizaciones previsionales. El objetivo es que tengas la misma protección social que un trabajador con contrato: pensión, salud, seguro de invalidez y cobertura por accidentes laborales.

Para financiar esto sin que el golpe fuera de un día para otro, la ley estableció un aumento gradual de la retención: partió en 10% en 2019 y llega a 17% en 2028. En 2026, la retención es de 15,25%. Ese porcentaje no es solo "impuesto" — la mayor parte va directamente a tus cotizaciones.

¿Cuánto te cobran de cotizaciones?

La base de cálculo para tus cotizaciones es el 80% de tu ingreso bruto anual por concepto de boletas de honorarios. Ese 80% se llama renta imponible, y sobre esa cifra se aplican los distintos porcentajes.

Las cotizaciones obligatorias que se descuentan son:

Cotización Porcentaje aproximado ¿Qué cubre?
SIS (Seguro de Invalidez y Sobrevivencia) ~1,85% Pensión por invalidez o muerte
Seguro de accidentes del trabajo (Ley 16.744) 0,93% Accidentes laborales y enfermedades profesionales
SANNA (Seguro Acompañamiento de Niños y Niñas) 0,03% Licencia para cuidar hijos con enfermedades graves
Salud (Fonasa o Isapre) 7% Cobertura de salud
AFP (cotización obligatoria + comisión) ~10% a 12% Fondo de pensiones

El porcentaje exacto de AFP depende de la administradora en la que estés afiliado, porque cada una cobra una comisión distinta. El SIS también varía levemente según la AFP.

Estas cotizaciones no se descuentan mes a mes como a un trabajador dependiente. Se calculan y descuentan una vez al año durante la Operación Renta (en abril), usando como base toda la retención que tus clientes enteraron al SII durante el año anterior.

El orden de prioridad: qué se paga primero

Aquí viene un punto que mucha gente no conoce. Cuando tu retención acumulada no alcanza para cubrir todas las cotizaciones, la ley establece un orden de prioridad estricto. El SII distribuye tu retención en este orden:

  1. SIS — Seguro de Invalidez y Sobrevivencia
  2. Seguro de accidentes del trabajo (Ley 16.744)
  3. SANNA — Seguro Acompañamiento de Niños y Niñas
  4. Salud — Fonasa o Isapre
  5. AFP — Cotización de pensión

¿Qué significa esto en la práctica? Que si tu retención es baja (porque tus ingresos por boletas fueron bajos ese año), los primeros ítems se cubren completos y la AFP queda con lo que sobre. En otras palabras, tu fondo de pensiones es el último en recibir plata.

Esto es especialmente relevante si emites pocas boletas al año o por montos bajos: podrías terminar con cotizaciones de salud cubiertas pero casi nada yendo a tu AFP.

Ejemplo práctico: freelancer con $1.000.000 brutos al mes

Veamos cómo se distribuyen las cotizaciones para un caso típico:

Datos del ejemplo

Distribución aproximada de cotizaciones

Cotización Porcentaje Monto anual aprox.
SIS ~1,85% $177.600
Seguro accidentes (Ley 16.744) 0,93% $89.280
SANNA 0,03% $2.880
Salud 7% $672.000
AFP (ejemplo con ~11%) ~11% $1.056.000
Total cotizaciones ~20,81% $1.997.760

En este ejemplo, las cotizaciones totales ($1.997.760) son mayores que la retención del año ($1.830.000). Eso significa que no alcanza para cubrirlo todo, y siguiendo el orden de prioridad, la AFP recibiría menos de lo calculado. La diferencia puede pagarse como saldo en la Operación Renta o quedar como cotización incompleta en AFP.

Si además debes impuesto a la renta (por ingresos sobre el tramo exento), el saldo a pagar puede ser mayor.

Los porcentajes y montos son referenciales para 2026. Consulta sii.cl y tu AFP para valores exactos.

¿Se puede evitar pagar cotizaciones?

Parcialmente. La ley permite renunciar a la cobertura previsional haciendo el trámite en sii.cl antes del 31 de diciembre del año anterior. Es decir, si quieres renunciar para el año tributario 2027, debes hacerlo antes del 31 de diciembre de 2026.

Pero ojo con lo que implica renunciar:

Hay algunas excepciones parciales: las mujeres que tenían 50 años o más y los hombres que tenían 55 años o más al 1 de enero de 2018 (cuando la ley fue promulgada) tienen condiciones especiales y pueden estar parcialmente eximidos.

Nuestra recomendación: no renuncies salvo que tengas muy claro lo que estás haciendo y tengas cobertura previsional por otra vía (por ejemplo, si también eres trabajador dependiente y ya cotizas por ese lado). Perder años de cotización en AFP y cobertura de salud puede salir caro a largo plazo.

¿Dónde puedes revisar tus cotizaciones?

Hay varios lugares donde verificar que tus cotizaciones efectivamente se están pagando:

Revisa al menos una vez al año, después de la Operación Renta, que los montos cuadren. Si algo no se ve bien, puedes reclamar directamente en tu AFP o en la Superintendencia de Pensiones.

Proyecta tus cotizaciones con datos reales

Con Boletea.me puedes ver exactamente cuánto has emitido en el año, lo que te ayuda a proyectar tus cotizaciones y planificar mejor tu flujo de caja. Saber cuánto llevas emitido te permite estimar cuánto se irá en cotizaciones y cuánto quedará como saldo a favor o en contra en la Operación Renta.

También te puede servir:

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